Ante las innumerables fallas que presenta el portal #SATMx y la imposibilidad de poder realizar el trámite de inscribir a nuestros trabajadores ante el RFC, como lo podemos constatar en el aviso que ellos mismos nos dieron:
Me parece que el #SATMx se ha tardado en responder ante las innumerables peticiones de los usuarios para remediar el problema y no solo limitarse a ampliar los plazos.
Este jueves 27 de marzo 2014, amanecimos con esta noticia que es importante para aquéllos trabajadores que tengan algún adeudo con un tercero (muebleria, banco, financiera), ya que la Suprema Corte emitió una contradicción de tesis, en la cual se resolvió por mayoría de votos, que los jueces pueden ordenar el embargo del excedente del salario mínimo de un trabajador para garantizar el pago de las deudas que tenga pendientes en materia civil o mercantil.
Ojo. A pesar de que esta sentencia tiene plena validez en todo el territorio nacional, solo procede en aquéllos casos en los que la persona a quien le debes haya demandado a su deudor via juicio civil o mercantil.
La sentencia aclara que la orden de “retención” procederá conforme la misma mecánica que ya conocemos del art. 110 de la Ley Federal del Trabajo, es decir, sobre el excedente del 30% del SMZ con el salario que percibas.
Nos encontramos que en el portal del insenSAT, aparece publicado, según ellos, el 5 de marzo, el complemento que los patrones deben usar, para efectos de la expedixión del comprobate fiscal digital por internet (CFDI), por cada entrega de despensa electrónica que hayan pactado con sus trabajadores.
Aparece publicado este miércoles, una adición al art. 43 de la Ley del Infonavit. Veámoslo:
Artículo 43 Ter.- El Instituto podrá celebrar convenios con las instituciones de seguridad social para definir los procedimientos de transferencia de las aportaciones acumuladas en la subcuenta de vivienda de los trabajadores que por cuestiones laborales o de contratación cambien de sistema.
Los trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el régimen de otros institutos de seguridad social o del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que tengan recursos acumulados por concepto de vivienda en su cuenta individual conforme al régimen de los mismos, podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como pago inicial de su crédito y que las aportaciones sucesivas a cualquiera de los institutos sean destinadas a reducir el saldo insoluto a cargo del propio trabajador.
En el caso que los trabajadores se encuentren amortizando un crédito de vivienda otorgado por el Instituto o por algún instituto de seguridad social, y que por establecer una nueva relación laboral cambien de régimen de seguridad social, deberán seguir utilizando sus aportaciones de vivienda para el pago del crédito correspondiente.
Dentro de nuestras cotidianas labores como noministas, cada mes debemos realizar el pago de las cuotas de la seguridad social, tal y como lo señala el siguiente articulado de la Ley del Seguro Social:
Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.
Qué tal. Hace dos sexenios, en el que correspondió a Vicente Fox, se impuso la idea de establecer puentes largos predeterminados, para: a) Evitar ausentismos y baja en la productividad de las Empresas; b) Impulsar a nuestra industria sin chimeneas (turismo). En el caso del inciso a), era muy molesto Read more…
Tratando de ser breve, porque la regla que les voy a mencionar impacta de una manera inmediata en la realización de nuestro trabajo diario. El día jueves 13 de marzo, sale publicada en el diario oficial, la primera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2014, dentro de las Read more…
Con una diferencia de escasos días, el imss nos recetó una nueva versión del pata-sua, con su parche 3.4.3 (12 marzo 2014). La misma recomendación, de que antes de instalarlo, respalden su información.
Lo extraño del caso, es que apenas a menos de una semana de que nos recetaron el parche 3.4.2, ya lo volvieron a parchar.
En ocasiones anteriores, habíamos visto que cuando sacaban un parche casi enseguida del anterior, era para remediar males de ese parche, asi que en este caso, no lo voy a dudar ni tantito. No es por nada, pero el control de calidad del departamento de informática del imss-eguro deja mucho que desear.
#RecomedancionesDomingueras. Antes que te ocurra esto cuando usas el chafa-idse o el sat: Traigo para tí una alternativa para tu computadora con un windows actual (7 u 8) y es la de instalar una máquiba virtual, para a su vez, poder usar windows XP, que ha demostrado ser una Read more…
Gracias a un tuit de mi amigo @DanielGtz_ me estoy enterando este viernes 07 de marzo, de la aparición muy siniestra, de un parche nuevo para el pata-sua, el 3.4.2: Lo extraño del caso, es que cuando hacemos click en el enlace, en la siguiente ventana solo aparece Read more…
El tema de la seguridad social universal es retomado por la cámara de diputados, a través de sus comisiones unidas de hacienda y crédito público y de seguridad social, que desde el año habían quedado pendientes de revisar, en lo referente a la creación de la ley de la pensión universal Read more…
Un amable visitante de nombre Irving postea unas dudas acerca del RIF. Por ser de interés las reproduzco y trato de responder en este post. “Tengo varias dudas, una de ellas: que tiempo debo esperar para facturar despues de generar mis sellos? Respuesta.- Una vez que Read more…
A continuación, la lista de obligaciones patronales laborales y de seguridad social, del mes de marzo 2014: Lunes 03.- Ulitmo día de presentación de la DART2013, en ventanilla o x chafa-idse, mediante el archivo .DAP generado x el pata-sua. Viernes 07.- Ultimo día de presentación de avisos de modificación Read more…
No es por molestar, pero por qué, si para cumplir con la obligación de presentar la DART2013, el imss en su web publica que el trámite en ventanilla se tenía que realizar mediante el archivo .SRT generado por el programa “Determinación”: Bueno, pues me imagino que derivado de la Read more…
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