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Para recordarle a todos los que son responsables de los pagos de la seguridad social, la siguiente imagen:

 Dentro de nuestras cotidianas labores como noministas, cada mes debemos realizar el pago de las cuotas de la seguridad social, tal y como lo señala el siguiente articulado de la Ley del Seguro Social:

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

LSS

¿Y por qué pagamos este día 19? Porque el art. 3 del reglamento nos indica que:

… Cuando el último día de los plazos señalados en este Reglamento para el cumplimiento de obligaciones, sea día inhábil o viernes se prorrogará el plazo hasta el día hábil siguiente…

Racerf.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .