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Autor Tema: [video] Cuando debo empezar a retener crd vivienda infonavit a mi trabajador...  (Leído 1917 veces)

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Desconectado Lic. Pp Soto

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 :blush: Hola, que tal.

En esta ocasion, les presento un video-tutorial, acerca de cuando debemos empezar a retener a nuestros trabajadores, de los que nos notifica el Infonavit, que tienen credito de vivienda.

Espero sea de utilidad.

Cuando empezar a retener credito infonavit...


 :cool:
« Última Modificación: 07 de noviembre de 2012, 21:05:54 por Lic. Pp Soto »
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Desconectado areli torres

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Re: Cu?ndo debo empezar a retener crd vivienda infonavit a mi trabajador...
« Respuesta #1 : 10 de abril de 2012, 18:10:37 »
Hola lic. Soto.
como siempre muy interesante su material, gracias por compartirlo.
solo  queda una duda, si tengo un trabajador que no me entreg? su hoja de retenci?n y en el EBA me aparece por primera vez, yo debo empezar a retenerle a partir del mes en que recib? la EBA por el notificador o bien a partir del mes en que est? a disposicion en el idse, en el reglamento donde encuentro el fundamento de esto?.
y tambi?n tengo la duda de que ese trabajador tiene un factor de descuento muy alto en VSM, y cuando lo chequ?, resulta que su retenci?n es superior al sueldo que gana, que pasa en ese caso, porque nunca se me hab?a presentado un caso as?, resulta muy incongruente, porque yo meto sus datos al SUA y me arroja una retenci?n muy superior al salario que el trabajador tiene, y en n?mina pues me sale en saldo rojo, porque el cr?dito no alacanza a ser cubierto por el salario del empleado.
Espero haberme explicado adecuadamente.
por su atenci?n, mil gracias,
Atte
Areli
 

 

Desconectado Lic. Pp Soto

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Re: Cu?ndo debo empezar a retener crd vivienda infonavit a mi trabajador...
« Respuesta #2 : 10 de abril de 2012, 18:21:29 »
 :blush: Hola Areli.

Como lo menciono en el tutorial, el fundamento lo encuentra usted en el art. 44 del reglamento de pagos del infamevit, que es cuando usted recibe la EBA o la descarga del chafa-idse, comienza a retener a partir del dia 1 del siguiente mes al que corresponda la EBA.  Ejemplo: Usted recibe o descarga la EBA del 1er. bimestre (ene-feb), comenzar? a retener a partir del 1 de marzo.

Con respecto al factor muy alto, el trabajador es quien debe acudir al infamevit a que le reestructuren su cr?dito y le calculen un nuevo factor de retenci?n.  Mientras tanto, usted debe sujetarse al mismo reglamento y LFT al retener si se trata de un trabajador de salario minimo.

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Desconectado areli torres

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Re: Cuando debo empezar a retener crd vivienda infonavit a mi trabajador...
« Respuesta #3 : 10 de abril de 2012, 20:05:50 »
nuevamente mil gracias por todo, y que tenga buenas noches lic.
« Última Modificación: 02 de octubre de 2012, 06:06:29 por Lic. Pp Soto »