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Abusos patronales para provocar la baja del trabajador...

Así como hay malos trabajadores, hay malos patrones.

Y mañas encontramos, cuando desean provocar la baja del trabajador, cuando notan que es improductivo, que es indisciplinado o en el peor de los casos, porque ya les cayó gordo.

En mis andanzas por las Empresas, me he encontrado con esta situación en particular:  Un trabajador incurre en faltar injustificadamente a sus labores.  Por esta indisciplina, lo castigan con 3 días sin goce de salario.  Hasta aquí parecería que todo está correcto, pero hay ciertos detalles que el patrón no observa.  Estos detalles son: lic

  1. No cuenta con reglamento interior de trabajo.  Este documento es necesario e imprescindible, para realizar el procedimiento sancionador a las indisciplinas de los trabajadores. El fundamento lo observamos en la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 422 al 425.
  2. No avisan al trabajador de la sanción a que se ha hecho merecedor por su indisciplina (falta injustificada o cualquier otra acción) y mucho menos recaban la firma de enterado del trabajador.

En este caso específico, el patrón decide dar por terminada la relación laboral con este trabajador, bajo el argumento de que tuvo más de 3 faltas injustificadas, es decir, le suma la falta original y los 3 dias del castigo.  Abusivo, verdad..??  Sin embargo, hay que reconocer que en muchas ocasiones, esta estrategia le ha funcionado.  Pero este sueño color de rosa, se le acabará, cuando cualquiera de los trabajadores a los que les aplique esta estrategia, decida irse y demandarlo laboralmente.

Si el trabajador decide demandar a su patrón por el despido injustificado, es muy factible que gane el caso.  Sus probabilidades de éxito son muy altas.  

En ocasiones anteriores les he comentado que en los juicios laborales, la carga de la prueba recae en el patrón.  La LFT en su artículo 804, le exige al patrón la obligación de conservar y exhibir en juicio diversos documentos, por lo que hay que tener especial cuidado en castigar a los trabajadores sin contar con el reglamento y sin quedarse con la notificación del castigo y la firma de enterado del trabajador.  Y si ustedes, señores patrones, no cuentan con el reglamento interior de trabajo y aun asi desean sancionar a algun faltista, háganlo, pero no usen esta artimaña para despedir a este trabajador, argumentando que el trabajador ya se hace merecedor al despido por faltas, porque como decía mi abuelito: "-Pudiera salirles el tiro por la culata".

 


 

La Carta Renuncia

La renuncia (desde el punto de vista laboral), es la manifestacion de la voluntad del trabajador de dar por terminado el vinculo de trabajo que lo unia con su patron.El fundamento lo podemos encontrar en el art. 53-I de la LFT: "Articulo 53.- Son causas de terminacion de las relaciones de trabajo:
I. El mutuo consentimiento de las partes..."

El patron, al recibir el aviso que le hace el trabajador, "consiente" y de esta forma, se cumple con esta disposicion.lic.

La renuncia debe ser lo mas simple y sencilla posible. Normalmente usamos un formato o machote, pero les sugiero que sea escrita a puño y letra del renunciante y/o que estampe cuando menos su nombre completo, firma (si la tiene) y su huella digital. Recuerden mis Amig@s, que estoy hablando de la "voluntad" del trabajador, por esta razón se insiste en que sea el trabajador quien la escriba.

Carta renuncia

Ciudad y estado. Dia, mes y año.

Nombre del Patron Persona Fisica o Moral

Estimado(s) senor(es):

Por la presente, vengo a informarle(s), que por asi convenir a mis intereses, renuncio con la fecha de hoy, al trabajo como operador de produccion (ponga el ultimo trabajo que realizaba su trabajador), que venia desempenando a su servicio.

Agradezco la oportunidad que me brindaron de colaborar con usted(es), además de las atenciones recibidas durante todo este tiempo que presté mis servicios.

A t e n t a m e n t e ,
Daniel Alam Soto Hernandez

T e s t i g o s

Para efectos de redaccion, cuando se trate de una persona moral, la carta la dirige el trabajador a su patrón en plural, es decir, se pone "estimados senores", "informarles", "ustedes". Si el patron es persona fisica, entonces utilize el modo singular, quite usted los parentesis (s) y (es), para dejarlo asi: "Estimado senor", "informarle", "usted".  Quite los paréntesis que no sean utilizados, para que no se "vea" que este documento se trata de un machote.

 


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