Aparece publicado en el DOF del 10 septiembre del 2014, el decreto de beneficios fiscales para los contribuyentes que tributan en el nuevo régimen de incorporación fiscal (RIF).
Me llama mucho la atención el articulo quinto del decreto, porque se sigue dando al sat, la prerrogativa de poder seguir expidiendo las reglas que sean necesarias para la correcta aplicación de este decreto que inicia su vigencia el 01 de enero del 2015, así que seguimos atenidos a las ínfulas e interpretaciones de los que traen la rienda en ese organismo, quienes en muchas de las ocasiones pretenden querer irse por encima de la ley y reglamento.
Tuve un sueño en un mundo paralelo: “Para que el SAT pueda expedir reglas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, será necesario que antes de su publicación, logre un consenso entre dos reconocidos colegios de la contaduría pública y de cualquier otra organización de profesionistas independientes de la contaduría”.
El decreto lo puedes bajar a tu computadora en mi área de “descargas”
Edición al 12 septiembre: Si gustas leer un análisis de mi amigo el C.P. Enrique Corona Mendoza, puedes hacer Click Aquí.
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