infonacot huracans

A pesar de ser un organismo del sector laboral orientado al consumo inteligente de los trabajadores, es bueno que implanten estas medidas en favor de aquéllos de nuestros compatriotas que hayan perdido parte de su patrimonio con motivo de los huracanes que han estado azotando sus ciudades, sobre todo en el área del pacífico en los últimos días.

Aquí el boletín de prensa, en el que ese organismo anuncia diversos mecanismos de apoyo:

 

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Para que estos apoyos los pueda utilizar los trabajadores, su patrón debe estar debidamente inscrito ante Infonacot, ya que recordemos que a raíz de la reforma laboral vigente desde el 01 diciembre 2012, en el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, se señala que:

Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:
XXVI Bis. Afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón;

Y por su parte el transitorio segundo, último párrafo nos indicaba que:

Segundo. 

Asimismo, los patrones contarán con doce meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto,
para proceder a realizar los trámites conducentes para afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

Por lo que es obligación que todos los patrones, independientemente de que cuenten o no con trabajadores a su servicio, procuren estar debidamente afiliados al Infonacot, so pena de ser sancionados en caso de inspección del trabajo con hasta 5,000 VSMZ, segun lo señala el art. 1002 de la LFT, que puede ser en términos pecuniarios, de mas de $300 mil pesos.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .