¿Trabajar desde casa…? ¿Qué tan conveniente es?
Tal vez en el caso de esta ama de casa/empresaria o empleada desde el hogar, puede que no funcione, porque estar al tanto de los niños pequeños y la responsabilidad de un negocio, no es tan fácil de separar. Pensar en tener un ambiente de tranquilidad en casa para poder trabajar, cuesta otro trabajo.
¿Y en el medio laboral mexicano, cómo se cuecen esas habas?
Pues no hay mucho para donde moverse. Veamos por qué.
Ley Federal del Trabajo. Trabajo a domicilio
Artículo 311.- Trabajo a domicilio es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por el, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
Será considerado como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación.
Si el trabajo se ejecuta en condiciones distintas de las señaladas en este artículo se regirá por las disposiciones generales de esta Ley
Si ustedes desean emplear trabajadores a domicilio para proveerles de material y útiles para que ellos los transformen y se los devuelvan (art. 312-LFT) aun con ayuda de los miembros de su familia (art. 313-LFT) y sin importar cómo paguen el trabajo (art. 314), deben inscribirse como patrones ante la STPS, oficina de inspectoría del trabajo (art. 317-LFT).
En ediciones anteriores les hice ver la importancia de elaborar el contrato de trabajo con sus colaboradores, no dejarlo de lado, porque el art. 318 los obliga a que las condiciones de trabajo deban constar por escrito y de igual forma, entregar un ejemplar en la oficina de inspectoria (art. 319).
Otra circunstancia que hay que cuidar, es que debemos llevar un libro o registro de nuestros trabajadores a domicilio, el cual para variar, también debe estar autorizado por inspectoria del trabajo (art. 320).
¿Qué debe contener ese libro? Lo siguiente:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil del trabajador y domicilio o local donde se ejecute el
trabajo;
II. Días y horario para la entrega y recepción del trabajo y para el pago de los salarios;
III. Naturaleza, calidad y cantidad del trabajo;
IV. Materiales y útiles que en cada ocasión se proporcionen al trabajador, valor de los mismos y forma
de pago de los objetos perdidos o deteriorados por culpa del trabajador;
V. Forma y monto del salario; y
VI. Los demás datos que señalen los reglamentos.
Pero si lo tuyo es ser emprendedor desde casa, estos tips pueden serte de utilidad:
- Ambientar un espacio de trabajo dentro del hogar y declararla como tu oficina. Este consejo es muy importante porque no podrías trabajar en paz en medio de la sala mientras tu esposa mira la telenovela ¿o si?
- Establecer un horario de trabajo en el cual las personas que viven contigo sepan que no deben molestarte porque estas trabajando.
- Almuerza en tu casa. Tampoco uses la excusa de trabajar como si estuvieras en una oficina para comer comida chatarra en la calle. Además comer en casa siempre es mas económico.
- Es importante dejar muy en claro a tus familiares que tu trabajo es tan importante como cualquier otro trabajo tradicional.