¿Tienes clientes PF actvs empresariales? Esto les interesa ¿Pasar a RIF?

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PRODECON en cumplimiento a su objetivo de proteger las garantías y derechos de los contribuyentes, obtuvo confirmación de criterio por parte del SAT respecto de aquellos contribuyentes personas físicas, que actualmente tributan en el régimen de actividades empresariales y profesionales, y que durante este ejercicio de 2014 obtengan ingresos propios de dicha actividad que no excedan los dos millones de pesos, podrán optar para 2015 por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, siempre que no se ubiquen dentro de los supuestos establecidos en el cuarto párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y presenten el aviso correspondiente dentro del plazo que para tal efecto se establezca mediante reglas de carácter general.

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