Error 056Error 056: NSS ya tiene modificación de salario con misma fecha. Movimiento rechazado. Pues con la no tan grata, ni tampoco actual la novedad de que el chafa #IDSE nos está rechazando avisos de modificación de salarios.

Pues los patrones, de conformidad con lo que señala la Ley del seguro social, a saber:

Artículo 34. Cuando encontrándose el asegurado al servicio de un mismo patrón se modifique el salario estipulado, se estará a lo siguiente:
I. En los casos previstos en la fracción I del artículo 30, el patrón estará obligado a presentar al Instituto los avisos de modificación del salario diario base de cotización dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario;

Y es el caso de que el pasado 01/12/2017, se incrementó el salario mínimo general (#SMG) vía anuncio de la #CONASAMI que publiqué en este post.

Y es motivo de que los patrones quieren cumplir con esta obligación, de aquéllos trabajadores que hayan quedado por debajo del nuevo #SMG.

También, es sabido que el #IMSS realiza el ajuste automático de este nuevo salario, de acuerdo con este ordenamiento:

RACERF. Artículo 55. El Instituto aplicará de oficio las modificaciones originadas por el cambio en los salarios mínimos generales, adicionándole los porcentajes mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, correspondientes a prima vacacional y aguinaldo, para aquellos trabajadores que reciban las prestaciones mínimas y tengan un año o menos de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito.
Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto, en aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados, cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito o cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.

Por consiguiente, cuando el patrón desea cumplir con lo que establece el segundo párrafo del artículo 55 del reglamento arriba citado, y envía las modificaciones de salarios con su factor de antiguedad correcto, es cuando nos aparece el mentado Error 056 del chafa #IDSE.

Evidentemente, que ese Error 056 NO es del patrón, sino del portal. Ocurre siempre que hay un incremento a los #SMG, asi que no es novedad.

Formas de solucionarlo:

Opción A) A consulta directa, el #IMSS nos dice que hay que acudir a ventanilla con la siguiente documentación (la cual puede cambiar, según las pulgas de cada subdelegación):

* Escrito libre solicitando la aclaración del movimiento
* Identificación oficial
* Tarjeta de Identificación Patronal (TIP)
* Acuse notarial de confirmación del rechazo del movimiento. Error 056
* Poder notarial en caso de acudir representante legal. (Y si no va él, no. Qué absurdo)
* Los avisos de modificación de salarios. Recordando que el RACERF indica que:

Artículo 46. Los patrones que presenten en una sola exhibición cinco o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de cualquiera de los medios no impresos especificados en el último párrafo del artículo 15 de la Ley.

O sea, hasta 4 avisos en papel y si son más, en archivo txt, acompañado del formato SAIIA02 y listado de dichos movimientos.

Opción B) A consulta drecta, el #IMSS nos sugiere que hagamos esto:

Error 056

Comentarios bienvenidos.

Gracias desde ya, por compartir.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .