¿Necesito la opinión de cumplimiento?
¿Necesito la opinión de cumplimiento? Con la celebración de un contrato de prestación de servicios, tu contraparte podría querer estar seguro del cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
Por lo que considero muy importante que cuentes con este documento.
Para efectos fiscales con nuestro amigo el #SAT:
1. En línea a través de sat.gob.mx
Requisitos: Contraseña o e.firma
2. En entidades o dependencias gubernamentales
Requisitos: Solo en los casos que solicitan un subsidio o estímulo
3. A través de un tercero
4. Vía telefónica en el número MarcaSAT: (01 55) 627 22 728
Una vez emitida, la Opinión del Cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, podrá ser utilizada dentro de los 3 meses siguientes.
Para efectos con el #IMSS, la opinión de cumplimiento se obtiene a través del escritorio virtual y permite avalar que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones en esta materia, a la fecha de solicitud.:
Y para efectos de #infonavit se consigue en este enlace:
La obtención de la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”, conforme a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, permite a ustedes como solicitantes, participar en una licitación que convoque la administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como con la PGR, por lo cual es necesario demostrar su cabal cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de Imss e Infonavit.
Gracias por compartir.
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