Implicaciones laborales de no pagar salarios #Scotiabank
Pues con la novedad mis estimados lectores, que una institución del sistema financiero mexicano, anuncia pomposamente que no dará servicio este fin de semana.
Miren ustedes:
En nuestros contratos de trabajo debemos tener establecida en una de sus clásulas de las condiciones de trabajo, la relativa al día de pago de salarios. Por ejemplo:
Y pues resulta que es fin de semana, quincena y de mes. Y muchos de ustedes debieron haber previsto que si tienen relación comercial con este banco, por esta ocasión, el pago de nómina pudo haberse efectuado este día viernes 28 a más tardar, en previsión de que los trabajadores no van a poder retirar su salario de los cajeros automáticos, desde las 22 horas del día en cuestión, hasta el sábado 29 a las 8 de la mañana (por si pensabas irte de antro). Aunque mencionan que sí podrás usar los cajeros automáticos de otros bancos sin cargos por comisión.
Así pues, mis amigos #noministas debieron haber tomado providencias en esta semana y adelantar su proceso de elaboración de la nómina, para pagar justo a tiempo, para que también los trabajadores no tengan contratiempos en cumplir con sus obligaciones personales y familiares, porque resulta evidente que cuando no puedan cobrar su nómina en los días convenidos, el patrón pudiera ser objeto de sanción por parte de la autoridad laboral, al incumplir con el pago oportuno del salario:
LFT. Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:
[…]
II.- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento;
No le des ideas al trabajador, porque si les pagas hasta el lunes pudiera ser motivo de rescisión sin responsabilidad para el trabajador, como lo dispone:
LFT. Artículo 51.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
V. No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados;
Los leo en sus comentarios.