Qué pena ver estos anuncios de empleo…
Amerita poner una denuncia ante las instituciones que supuestamente deben velar por los derechos de los trabajadores: #Imss, #Stps e #Infonavit.
Qué pena de empresa. A esta empresa le hace falta ver más bax.
Ley Federal del Trabajo. Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.Artículo 5o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca:
XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo.
Y más adelante la misma #LFT nos dice.
LFT. Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:
I.- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;
Procede una denuncia por parte de cualquier interesado, ante el inspector del trabajo, a fin de que envíen una inspección de tipo extraordinario, con la cual se constate la violación a las normas de trabajo y se sancione a esa empresa, de conformidad con lo que a continuación se señala:
LFT. Artículo 1002. Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Capítulo o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces
el salario mínimo generalla #UMA ($4,030 a 403,000, con valores del 2018). Tachado y paréntesis mío.
Increíble que en pleno S.XXI sucedan este tipo de cosas. ¡Duro vs. esos malos patrones!
Gracias x compartir.
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