#Infonavit ¿cómo retengo en enero 2019?
Estamos a punto de elaborar nuestro primer pago de salarios a los trabajadores y los #noministas tienen la duda de cómo retenerles a los trabajadores con crédito de vivienda del #Infonavit. Vamos a salir de dudas. Continuemos leyendo por favor.
Debemos tener certeza de que el instituto nos debe notificar que alguno de los trabajadores cuenta con crédito y que por tener una relación laboral (sin importar si lo tienes o no en la nómina, o sea, que intentes disfrazarlo como asimilado u honorarios), ese trabajador debe pagar de su nómina ese crédito.
En este post les platico de la forma en que el instituto te notifica. Chécalo (click en la imagen):
Ya teniendo ese dato, sabemos cómo retener y a partir de cuándo.
El problema es en este primer bimestre de 2019 (enero y febrero), ¿cómo debemos proceder?
Bueno, calmantes montes. De la lectura del post anterior tenemos como directrices que:
a) Si tenemos el aviso de retención que recibamos a partir de este mes de enero, hacemos la retención con el dato que ahí aparece, sin problemas.
b) Si tenemos la emisión bimestral de nov-dic 2018, lo hacemos con el dato que ahí aparece, sin problemas.
O sea, necesariamente de los trabajadores actuales, debemos descargar la emisión para confirmar:
b.1) La cuota fija o porcentaje. Pero si es
b.2 ) Factor de descuento FD, deberás:
Multiplicar el Factor de Descuento Infonavit (FDI) de 78.43 x el FD (factor de descuento) que aparezca en la emisión y retenerle al trabajador en este 1er bimestre enero febrero 2019.
Una vez que sepamos la inflación y el valor de la uma 2018 por parte del #Inegi, el #Infonavit hará el ajuste (indebido por cierto) para que en lugar de 78.43, usemos el nuevo #FDI, a partir del 01 de marzo 2019 (2o. bimestre).
EDITADO: Ya el #Infonavit salió con sus comunicados, de que la #UMI se aplica desde el 01/enero/2019. Increíblemente, absurdo.
Si te gustó, te agradezco me ayudes a compartirlo con tus grupos profesionales y redes sociales y lo califiques a continuación.
[ratemypost]