
Como venimos platicando en nuestro curso de inicio de año (que este próximo sábado 9 de febrero, toca en #Oaxaca), “Blindaje laboral y Seg. Social 2019“, en cuanto platicamos del programa estrella de la #STPS, les hago énfasis de que estos jóvenes NO son trabajadores.
Y los asistentes se sorprenden y se asustan: “-Pero estarán dentro de mis instalaciones y si les pasa algo, un riesgo de trabajo, el #IMSS querrá calificarlo así y me sancionará la #STPS“.
Calma. Ya el propio programa lo prevé. Los jóvenes que entren al programa NO son trabajadores y se supone que no realizarán ninguna labor subordinada.
Recuerda que el sentido de este programa es “social”. No es para que tú como empresario, te aproveches para tener mano de obra gratuita. No. No va por ahi.
A continuación, el decreto aparecido el 31 de enero, en el cual la #STPS nos informa de la adecuación de la seguridad social a los jóvenes beneficiarios del programa “Jovenes construyendo el futuro“:
Veamos lo más sobresaliente, porque ya apareció una duda al respecto:

- No son trabajadores. No hay relación laboral. No hay necesidad de que quien los está capacitando los afilie al #IMSS.
A los jóvenes se les define como “beneficiarios”, no como trabajadores. A quien los recibe en los centros de trabajo, se les define como “tutores”, no como patrones. Cada mes serán evaluados tanto “beneficiarios”, como “tutores”.

3. La #LSS (ley del seguro social), permite en su art. 12 fracción III, que mediante decreto (este caso), los “beneficiarios” sean sujetos de aseguramiento.
- Que el decreto prevé que los “beneficiarios” del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, tendrán derecho a un seguro médico para cubrir accidentes, enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo.
Los “beneficiarios” contarán con #IMSS, únicamente por el tiempo en que estén capacitándose (1 año máximo).
El gobierno federal, a través del presupuesto de la #STPS es quien absorberá el costo y pago de las cuotas al Imss. <– OJO.
El #IMSS deberá en este mes de febrero, emitir el acuerdo que señale las reglas de incorporación de los “beneficiarios” al seguro social.
Como “tutores“, los empresarios pueden inscribirse al programa, y deben demostrar tener los programas de capacitación en los que aplicarán los “beneficiarios” que acepten (dias, horarios y temas de capacitación). De ninguna manera deberán ponerlos a trabajar.
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