nuevos SMG¿No puedes capturar los nuevos #SMG en el pata #SUA? ¡Despreocúpate! En serio. Vamos a ver por qué, ya que se acerca el cumplimiento de una obligación patronal, y varios usuarios como tú, andan con una gran inquietud.La ley del seguro social #LSS nos dice que:

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.

¿Cómo calculamos las cuotas obrero patronales?

Revisamos de cada una de las ramas de seguro, lo que corresponde la aportación que corresponde tanto al trabajador, como al patrón.

Veamos la siguiente tabla:

Si somos observadores, no encontramos en ninguna de las ramas, referencia alguna al salario mínimo general (y mucho menos al SMG fronterizo). ¿Entonces, por qué la preocupación?

Bueno. Aquí el detalle amigos lectores, es que con la aparición de la #UMA (unidad de medida y actualización), se estableció en la reforma constitucional de 2016, que en donde dijera #SMG se entendería la UMA. Razón por la cual, el #IMSS para el cálculo de las fracciones I y II del artículo 106 de la #LSS, usa precisamente la UMA, en lugar del SMG.

Y como en el pata #SUA (sistema único de autodeterminación), ya capturamos cada mes de febrero, la uma que publica el #INEGI, entonces podemos calcular y pagar sin ningún problema, las cuotas a las que estamos obligados.

Ejemplo:

En febrero 2019, pagamos las cuotas correspondiente al mes de enero 2019. La UMA vigente en enero es de $80.60.

En marzo 2019, pagaremos las cuotas correspondiente al mes de febrero 2019. La UMA vigente en febrero es de $84.49.

nuevos SMG y SUA

Para que salgamos de dudas, vamos a hacer un experimento.

  1. Voy a calcular las cuotas sin cambio alguno en el salario minimo.
  2. Pongo imagen del listado de trabajadores.
  3. Capturar el SMG actual, suponiendo que no existiera el fronterizo.
  4. Pongo imagen del listado de trabajadores.
  5. Comparamos. ¿Va…?

Punto 2:

nuevos SMG y SUA

Punto 4:

nuevos SMG y SUA

Conclusiones:

  1. No es necesario preocuparnos, porque no podemos capturar los salarios mínimos 2019 (el general o el fronterizo) en el pata #SUA, ya que esos salarios NO son necesarios.
  2. Podemos calcular las cuotas de enero 2019 y pagarlos en febrero 2019, sin necesidad de ningún parche nuevo del pata #SUA.
  3. La #UMA vigente del 01 de febrero 2019, nos afectará en el pago de las cuotas de febrero que pagamos en marzo. No necesitamos los SMG ni tampoco un nuevo parche.

Gracias por compartir y ponerle like al post.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .