Esbozos judiciales en vs de la UMA en seguridad social
Exactamente lo que siempre les he venido comentado en todos mis cursos en los que hay platicar acerca de la seguridad social, de la infundada utilización de la #UMA en esta materia, pues ya nuestro supremo tribunal está comenzando a resolver con este mismo criterio: «La UMA no debe usarse en aspectos de seguridad social».
No importa que en uno de los transitorios de la reforma constitucional que creó la #UMA en enero 2016 diga que en donde se lea #SMG en cualquier disposición legal, se entenderá que sea UMA:
Afirmo que no debería aplicarse esta unidad de medida, porque la misma reforma al art. 123 lo señala:
¿¿Entonces…?? ¿Por qué la necedad?
Y aun hay más. En las propias comisiones de seguridad social detectaron el problema, antes de que se reformara la #CPEUM. ¿Ves en manos de quién estamos?
Pues en referencia a la seguridad social, un ciudadano manifestó su inconformidad demandando al #IMSS y el tribunal le dio la razón:
Y sin embargo, el SMG lo siguen usando para cosas que no deberían ser, como lo vemos en la siguiente imagen:
Conclusión:
- O sea, todos los expertos entendieron que la #UMA debería haberse usado para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de CdMx (CPEUM, art. 26), como multas, pago de derechos, licencias, pero nunca para aspectos laborales, de seguridad social y hasta fiscales, cuando se refiera a prestaciones exentas de ISR. Bien por el tribunal.
- Ya veremos cómo reacciona el #IMSS, el #SAT y el #Infonavit ante la orden judicial de NO usar la #UMA.
Les envío un cordial saludo.
Y gracias por compartir.
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