Exactamente lo que siempre les he venido comentado en todos mis cursos en los que hay platicar acerca de la seguridad social, de la infundada utilización de la #UMA en esta materia, pues ya nuestro supremo tribunal está comenzando a resolver con este mismo criterio: “La UMA no debe usarse en aspectos de seguridad social”.

ums en seguridad

No importa que en uno de los transitorios de la reforma constitucional que creó la #UMA en enero 2016 diga que en donde se lea #SMG en cualquier disposición legal, se entenderá que sea UMA:

uma en seguridad

Afirmo que no debería aplicarse esta unidad de medida, porque la misma reforma al art. 123 lo señala:

uma en seguridad

¿¿Entonces…?? ¿Por qué la necedad?

Y aun hay más. En las propias comisiones de seguridad social detectaron el problema, antes de que se reformara la #CPEUM. ¿Ves en manos de quién estamos?

uma en seguridad

Pues en referencia a la seguridad social, un ciudadano manifestó su inconformidad demandando al #IMSS y el tribunal le dio la razón:

uma en seguridad

Y sin embargo, el SMG lo siguen usando para cosas que no deberían ser, como lo vemos en la siguiente imagen:

uma en seguridad

Conclusión:

  1. O sea, todos los expertos entendieron que la #UMA debería haberse usado para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de CdMx (CPEUM, art. 26), como multas, pago de derechos, licencias, pero nunca para aspectos laborales, de seguridad social y hasta fiscales, cuando se refiera a prestaciones exentas de ISR. Bien por el tribunal.
  2. Ya veremos cómo reacciona el #IMSS, el #SAT y el #Infonavit ante la orden judicial de NO usar la #UMA.

Les envío un cordial saludo.

Y gracias por compartir.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .