«-¿Maestro Pepe, hoy es el último dia de pago #Imss? Porque estamos a dia 17″. Bien, doy respuesta, porque como cada mes, ppsotoasesor te recuerda cuáles son los plazos para que realices el pago de las cuotas obrero patronales de la seguridad social, tal y como lo establece el art. 39 de la #LSS.

En el calendario 2020 que te regalo y que puedes descargar del botón de descargas, observarás el recordatorio:

«Pero Lic: ¿Por qué en su calendario dice que es el día 20 el último para cumplir con esta tan importante obligación patronal…?».

Muy buena observación, mi estimado alumno «newbie».

Y la respuesta es, porque el artículo 3o. del reglamento de la LSS (#Racerf), nos dice que:

RACERF. Art. 3. […] Cuando el último día de los plazos señalados en este Reglamento para el cumplimiento de obligaciones, sea día inhábil o viernes se prorrogará el plazo hasta el día hábil siguiente. No se prorrogará el plazo para la presentación de avisos afiliatorios.

Y si lo relacionamos a su vez con el artículo 39 de la #LSS, el cual nos dice que:

LSS. Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

Esta es la razón del porqué hoy viernes, NO es el último día.

Comentarios bienvenidos y gracias por compartir.

hoy es 17


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .