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Para mis amigos y alumnos de la materia de «Seguridad Social», les recuerdo que hoy es el último día de pago de las cuotas obrero patronales.
¿Por qué el recordatorio?
Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.
Ley del Seguro Social
O sea, como podemos ver, hoy es el último día del plazo de ley, para a) calcular las cuotas #IMSS del mes de octubre; b) Las aportaciones al seguro de #RCV y lo del #Infonavit (aprtaciones y amortizaciones), del bimestre septiembre-octubre, y enterarlas a través de las entidades receptoras autorizadas.