La #DART, declaración anual de prima de riesgos de trabajo ya es extemporánea ¿multa? Mis estimados amigos lectores. El pasado último de febrero venció el plazo para la presentación de la siniestralidad de sus centros de trabajo del ejercicio anterior, descritos en su declaración anual de la nueva prima de riesgos de trabajo.
De conformidad con lo que establece el reglamento de la ley del seguro social (#Racerf), nos dice que:
Artículo 32. Los patrones revisarán anualmente su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta se disminuye o aumenta, de acuerdo a las reglas siguientes:
V. Los patrones deberán presentar al Instituto, durante el mes de febrero, los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la cual efectúen los pagos de cuotas.
Por lo tanto, estrictamente, si intentas presentar tu #Dart, a partir de marzo, esta ya se considera extemporánea.
Lo bueno, es que probablemente el #imss aun no se de cuenta de tu omisión, así que lo más aconsejable, es presentarla lo antes posible.
En años anteriores, la opción #Dapsua del chafa #IDSE se mantenía abierta algunos días de marzo, así que ¡apúrate! antes de que cierren esa posibilidad, ya que de lo contrario, tendrías que presentarte en ventanilla y prácticamente «rogar» que te la reciban.
¿Hay multa por no presentar la #Dart?
Afirmativo. La multa está precisada en la #LSS, .Y está cuantificada en #UMAS, es decir, va de 20 a 210 UMAS. Hagan cuentas.
¿Hay multa por la extemporaneidad?
El art. 304-C de la #LSS dispone que si hay espontaneidad porque el #imss no haya requerido su presentación, no habría imposición de multa alguna.
Si acaso en ventanilla se niegan a recibirte la #Dart en papel y archivo .DAP o .SRT, pasa a hablar con el jefe de afiliación y pide que te reciba tu informe, porque no hay fundamento ni en ley ni en reglamento que los faculte a negarse a recibírtela. Y si acaso este funcionario también manifiesta su negativa, acude al órgano interno de control de la subdelegación y expón tu queja.
Ok. Tal vez la imagen no tiene nada qué ver. Pero no encontré alguna otra imagen que nos ayudara a visualizar el concepto de la «espontaneidad». Esta me gustó, jeje.
Y si acaso te piden un «escrito», el cual tampoco tiene ningún fundamento, aquí te lo presento:
No olvides llevar tu tarjeta patronal.
Gracias por compartir estos posts con tus amigos y contactos.
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