Pago de salarios ¿en efectivo o en cuenta bancaria…?
La Ley Federal del Trabajo #LFT, en su artículo 101, nos dice que el salario debe pagarse en moneda de curso legal, pero debemos tomar en consideración que en éstos tiempos y debido a las ventajas y de seguridad que representa, la autoridad debe admitir que la forma de pagos de los salarios pueda darse mediante el depósito que el patrón haga a una cuenta bancaria personal y propia del trabajador.
LFT. Artículo 101.- El salario en efectivo deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.
Previo consentimiento del trabajador, el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.
Sin embargo, a fin de prever algún contratiempo de tipo laboral, es recomendable que el patrón tenga en su poder, como parte del expediente de su trabajador, un escrito, mediante el cual se manifieste la voluntad expresa del trabajador, de que le sean depositados en su cuenta bancaria personal, los salarios que llegue a devengar por la realización de sus servicios.
Aqui les presento un modelo de ese escrito:
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Naucalpan, EdoMex. 31 marzo 2021.www.ppsotoasesor.com
At’n. CP. Armando Broncas – PresidenteEstimado patrón, por la presente, les informo que tengo una cuenta de ahorros en el banco «Confiable», sucursal «De la Esquinita», de esta ciudad, para que sean tan amables de depositar todos mis sueldos y salarios que llegue a devengar por la prestación de mis servicios, a partir de la fecha en que reciban este documento.
Lo anterior, para mi propia seguridad personal y para tener un mejor control de mis gastos personales.Atentamente,
Bárbara Deborah Melo
Num. de cuenta: 99-999999-99
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Por lo que este documento, también deberá formar parte del expediente laboral.
Ah, por cierto. Los salarios pueden ser pagados en efectivo, en cualquier monto, y fiscalmente son deducibles en su totalidad, aunque sobrepasen los $2 mil pesos.
Gracias por compartir.
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