En armonización con diversos criterios emanados de la suprema corte, en donde las prestaciones que al trabajador se otorgan en efectivo, son susceptibles de integración al salario base de cotización #SBC, aparece este viernes 06 de agosto 2021, la siguiente contradicción de tesis, en la que nos comentan que efectivamente, la esencia de estas prestaciones es otorgarlas en especie.

Mis alumnos del taller de nóminas, reciben un ejemplo de cómo otorgar estas dos prestaciones: ayuda de alimentación y/o ayuda de habitación y de cómo se da en especie al trabajador y no en efectivo.

La autoridad presume que si das una prestación en efectivo, se entiende que el trabajador está en su libre albedrío de disponer de ese dinero para gastarlo en lo que a él le plazca, no necesariamente en «alimentos y habitación», por lo que en general, cualquier prestación en efectivo necesariamente integra al #SBC.



Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .