¿Eres encargado de preparar el pago de #IMSS en tu empresa? Entonces te recuerdo que hay una obligación que cumplir, que es la de (ver siguiente imagen):

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

Este artículo sirve de fundamento para el uso del pata #SUA y del pérfido #Sipare. Si tienes más de 4 trabajadores en tu empresa, ambas herramientas informáticas son de uso obligatorio.

Pero en cuanto al pata #SUA ¿qué parche debemos usar?

Estrictamente, ya debemos usar el más reciente, que es el parche 3.6.2.

Las cuotas se pueden pagar en tu banca en línea con el archivo de pago generado por el pata #SUA o si vas a pagar en ventanilla con cheque, este debe llevar la leyenda: “Cheque librado para pago de cuotas obrero patronales IMSS a cargo del contribuyente _______, R.F.C. ___ Registro patronal _____”.

¿Por qué pagamos hoy, si la fecha límite es el día 17? El fundamento es el art. 3 del Racerf, que habla de que si el último día de pago fuera viernes o día inhábil, se prorroga al siguiente día hábil. Que es el caso de hoy.

Gracias por compartir.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .