En relación con los trabajadores del hogar, desde este mes de octubre, el aseguramiento al #Imss, para que reciban los beneficios de la seguridad social, se vuelve obligatorio.

En cuanto a los trabajadores independientes, se recuerda que se pueden asegurar al #IMSS, con su ingreso real (el reportado al #SAT), les cubre los 5 ramas del régimen obligatorio, a saber: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro, cesantía y vejez y guarderías y prestaciones sociales, pudiendo pagar las cuotas resultantes de manera mensual, semestral o anual (anticipadas todas ellas).

A continuación, el boletin de prensa de la autoridad laboral #STPS:

A pregunta expresa de uno de mis usuarios en mi grupo de telegram, no se menciona nada del #Infonavit. Sigue pendiente su aplicación en los trabajadores independientes.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .