Estaba dejando pasar los días, para ver si los tarugos políticos que dizque trabajan en el gobierno, ya se dieron cuenta de la problemática que los #noministas vamos a encontrar en el primer bimestre de 2023, porque miren ustedes esa necedad de mezclar dos conceptos que no tienen nada qué ver uno con el otro: la #UMA y el #SMG salario mínimo general:

Duda existencial 1.– Si nosotros pagamos salarios a los trabajadores ¿por qué se empecina la autoridad laboral -todas-, en mezclar este concepto de pago de salarios, con la #UMA?

Duda existencial 2.- La uma se creó para evitar que el SMG se use como unidad de medida. Bien.
El salario solo se utiliza para remunerar al trabajador por su trabajador. La uma para cualquier otra cosa que no sea pago de salarios o de contribuciones relacionadas con el pago de salarios. ¿Qué parte de esto no se entiende, funcionarios de gobierno?

Duda existencial 3.- Específicamente, por el título de mi post, por la necedad del #imss en querer usar la uma para efectos de seguridad social, se observa un impacto contradictorio, al traducir a pesos la tabla del mencionado articulo segundo transitorio de la reforma a la #LSS Ley del seguro social, de diciembre de 2020. Veamos para mayor claridad la siguiente imagen:

Con los valores que YA conocemos en este momento, del SMG 2023 y la uma actual 2022 (vigente hasta el 31/01/2023), vemos cómo se sobreponen los valores del SMG por encima de la uma, en los 4 primeros renglones. Lo que trae como consecuencia, una incertidumbre en el cálculo de la aportación patronal de esta rama de seguro. ¿Qué se debe hacer entonces?

Si el salario base de cotización de mi trabajador es de $207.46 ¿qué renglón le corresponde? ¿el segundo? *Pitágoras se revuelve en su tumba al ver que el límite superior es menor al inferior. ¿el cuarto? Evidentemente que la autoridad nos dirá que el «cuarto».

Esperar a que corrijan este soberano error. Mientras tanto, NO se estresen y recuerden que el SMG se integra, asi que sin problemas, NO usen columnas de importes. SOLO usen las columnas de los limites de la tabla de porcentajes del art. segundo transitorio..

Duda existencial 4.- ¿Para cuando esperaremos nueva versión del pata #SUA? Como el pago es en marzo, ya te imaginarás. No tienen prisa. Y buee… nosotros tampoco. Editado: Cuando escribí originalmente el post, aun no sabiamos de la existencia del parche sua 3.6.3 que salió al mundo, el 23 de enero 2023.

Increíble.

SOLUCIÓN.- Como este servidor no solo critica, sino que da soluciones, mi aportación es:

«Dejar de usar la uma en aspectos relacionados con el pago de salarios«; es decir, en las siguientes cinco diapositivas la puedes ver (click en la flecha que se ve al lado derecho para avanzar a la siguiente):

No está por demás recordarles a los #noministas, que el descuento de cuotas al trabajador NO cambia, porque es solo la cuota patronal, la que se modificará cada año. Por tanto, la nómina NO sufre ningún cambio. Los descuentos al trabajador por cuotas imss, son los mismos para todo este año 2023 y siguientes.

Con gusto leo sus comentarios.

NOTA: El post fue escrito y publicado originalmente, el 15/12/2022.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .