El art. 39 de la Ley del Seguro Social #LSS, nos dice que una de las obligaciones que tienen los patrones, es la de auto determinar sus cuotas y pagarlas, mediante el programa informático que el #IMSS les proporciona, que es el Sistema Único de Autodeterminación #SUA, más la línea de captura que genera el Sistema de Pago Referenciado #Sipare.

O si son patrones con menos de 5 trabajadores y no van a reportar incidencias, pagar directamente en banco mediante esa línea de captura generada por el Sipare.

Este plazo de pago de cuotas, vence hoy, ya que ese mismo art. 39 LSS, nos dice que se pagan por mensualidades vencidas, a partir del día 1 del siguiente mes, hasta el día 17, como día limite.

El uso del #SIPARE, es obligatorio, siempre y cuando acudas a ventanilla de banco a pagar. Si pagas a través de tu banca en línea, lo puedes hacer con tu archivo de pago generado por el pata #SUA.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .