Mis queridos ppsotolectores que son trabajadores o #noministas en sus empresas, les recuerdo que los únicos comprobantes válidos para que los trabajadores puedan justificar sus inasistencias por motivo de una enfermedad o accidente (cualquiera que sea, por trabajar o fuera del trabajo), son los «certificados de incapacidad temporal para el trabajo».
¿Qué es una enfermedad?
Art. 2 VII. Toda alteración física o mental en el individuo, provocada por una lesión orgánica ofuncional, permanente o transitoria, causada por trastornos metabólicos, agentes físicos, químicos, biológicos o psicosociales, que puede o no imposibilitarle para el desempeño del trabajo o actividades de la vida diaria y requiere de la atención médica para su prevención, curación, control o rehabilitación;
Reglamento de prestaciones médicas
¿Qué es una incapacidad?
Artículo 137. Se considera incapacidad temporal para el trabajo, la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo.
Reglamento de prestaciones médicas
¿Qué es un accidente?
Art. 474. […] lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Ley federal del trabajo
Como hemos visto, una receta médica aunque sea expedida por el médico familiar, por ningún motivo, puede sustituir el valor de una incapacidad, pues la receta es expedida con fines médicos, no administrativos, y pretender usarla como justificante a una inasistencia, tiene efectos negativos en la productividad y la economía de las empresas.
Cuando un trabajador acude a recibir atención médica, se le realiza una valoración para determinar si el problema le impide realizar sus labores, y de ser así, el médico familiar responsable, le expedirá un certificado de incapacidad temporal para el trabajo, con el cual podrá justificar su ausencia y en esa incapacidad se determinan los días en que el paciente trabajador, habrá de permanecer en recuperación.
Tengan cuidado amigos trabajadores, para que no se dejen llevar por publicaciones que se han visto en algunas redes sociales, que aseguran que las recetas médicas, presumiblemente falsas -dicho sea de paso-, son documentos que pueden justificar una falta. Nunca.
El post tiene: 3.231 vistas