¿Cómo calcular el #ISR de un trabajador de #SMG?
Ante las dudas que varios de mis alumnos y usuarios ppsoto-lectores ¿les parece que hagamos un ejemplo práctico de cálculo de #ISR a un trabajador que solo percibe un #SMG salario minimo general, en este mes de enero 2024?
Antecedentes y fundamentos, primero.
Ley federal del trabajo #LFT. Artículo 10.- Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
LFT. Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
LFT. Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
LFT. Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
LFT. Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
LFT. Artículo 97.- Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción…
Constitución Mexicana. Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
LISR. Artículo 94. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.
LISR. Artículo 96. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente. (subrayado mío).
Con lo anteriormente expuesto, deducimos que una vez que existe una relación laboral entre un patrón y su trabajador, este último debe pagar un impuesto por sus salarios que percibe y es aquél quien tiene la obligación de retenerle y enterarlo al gobierno federal.
Laboralmente, los salarios minimos no pueden ser objeto de descuentos, a decir de la #LFT. Y la #LISR lo confirma en la última frase del articulo 96.
Ya con esos antecedentes debidamente analizados, procedamos al…
Ejemplo Práctico.
Datos:
Salario del trabajador = $248.93
Salario mensual total obtenido en enero = $248.93 x 30 días = $7,467.90
Suma de otras percepciones del mes = $0.00 (cero pesos).
Gran total de percepciones de enero 2024 = $7,467.90
Cálculo del impuesto sobre la renta, como lo dispone el articulo 96 #LISR.
Razonamiento final:
- Al hacer el cálculo, al SMG (solo percibió eso el trabajador en el mes), le corresponde un ISR de 495.41 (renglón 6).
- Al aplicar la tabla del subsidio mensual, el SMG ya NO tiene subsidio, por eso en el renglon 7 de mi tabla, aparece 0.00, eso trae como resultado final, que
- El impuesto por retener sea = $495.41 (renglón 8).
- Pero, la última frase del art. 96 de la LISR, nos dice que «No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área…». Por lo tanto, a este trabajador, que SOLO percibió ese salario y ninguna otra prestación, NO se le hará retención alguna, ni tampoco hay obligación de enterar NADA al #SAT.
- Si tu trabajador labora permanentemente en la zona fronteriza, TAMPOCO se le hará retención alguna, si cumple con la condición señalada en el punto 4.
Para apoyarte, la calculadora de ISR que viste en este ejemplo, la puedes obtener gratuitamente en mi área de — descargas –.
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#FelizDiaDeReyes.
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