#BuenFin

 Este viernes 15 de noviembre 2024, arranca la edición de esta carrera por comprar y consumir.

Bueno, hasta el #SatMx nos invita a participar, con el «atractivo» de que tu compra participará en una lotería fiscal. Más info aqui.

Bueno, pero lo que nos interesa es el aspecto laboral, porque algunos patrones me están preguntando si hay posibilidad de que puedan «adelantar» el pago del aguinaldo, para que los trabajadores puedan aprovechar estos días y comprar lo que en verdad les haga falta (ajá).

Según lo expresó en su exposición de motivos de la LFT de 1970, una de las costumbres de nosotros los mexicanos es la de celebrar «algunas festividades en el mes de diciembre que lo obligan a efectuar gastos extras, lo que no puede hacer con su salario, porque está destinado a cubrir necesidades diarias».  Ojo, la clave es entonces: «diciembre».

El aguinaldo es mis estimados amigos, una prestación netamente decembrina y no puede otorgarse en fecha distinta, excepto en los casos en que el trabajador haya causado baja en fecha ajena a diciembre, por lo tanto, no debería pagarse nada al trabajador en noviembre para que lo gaste en el #BuenFin2024.

A menos que…

Quiero decir, que SÍ se podría, siempre y cuando el patrón tenga establecida la prestación del aguinaldo en un importe mayor al que señala la #LFT en su art. 87:

Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Con lo anterior, por ejemplo, si ustedes tienen establecido en su empresa un aguinaldo de 35 días, pueden pagar una parte para el «#BuenFin» y la otra en diciembre, siguiendo el ejemplo como a continuación les muestro:

#aguinaldo

Quedo atento a sus comentarios y gracias por valorar y compartir el post.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .