La seguridad social, es un derecho de todos los mexicanos y especificamente, para los que prestan un servicio personal subordinado, es decir, un trabajador de la iniciativa privada, al amparo del apartado «A» del articulo 123 constitucional, en su fracción XXIX, nos dice que:
Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.
Y dentro de los objetivos de la seguridad social, encontramos que uno de ellos es el garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado (Art. 2 de la Ley del Seguro Social #LSS).
Por lo que una vez que el patrón cumple con la obligación de afiliar a su trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social #IMSS (Art. 12-I #LSS), en caso de llegar a necesitarlo, el trabajador podrá tener acceso a una pensión, que le ayude a mantener su nivel de vida, ante alguna situación de afectación a su salud.
¿Qué tipos de pensiones encontramos en la #LSS?
¿Qué requisitos de semanas cotizadas debe cumplir el derechohabiente?
- Pensión de riesgos de trabajo (incapacidad permanente parcial o total): Cero semanas cotizadas, es decir, estás protegido desde tu primer día de labores.
- Pensión de Invalidez: Se requieren 250 semanas cotizadas, a menos que el dictamen médico determine una invalidez del 75% o más, en cuyo caso se requieren 150 semanas cotizadas. Te comento que esta pensión deriva de una enfermedad o accidente que no tienen que ver con las labores que realizas.
- Pensión de Cesantía en Edad Avanzada: Se requieren 1,000 semanas de cotización. Estas semanas se irán incrementando anualmente en 25 semanas hasta alcanzar las 1,000 semanas en el año 2031. Por ejemplo, en este 2024 se requiere que cuentes con 825 semanas de cotización.
- Pensión de vejez: Idem anterior.
- Pensión de viudez: El asegurado debe haber tenido al menos 150 semanas de cotización al momento de su fallecimiento. Además: El asegurado debe haber estado vigente en sus derechos al momento de su muerte.
- Pensión de orfandad: Idem al anterior.
- Pensión de ascendientes: Idem anterior.
Por esta razón, es crucial conocer los requisitos necesarios y verificar tus semanas acumuladas para evitar contratiempos al solicitar tu pensión.
- Siempre que trabajes con un patrón, vigila que te den de alta de inmediato; y
- Que te den de alta con el SBC correcto. No el simulado, ni el minimo si es que percibes una cantidad mayor.
A sus órdenes en caso de alguna duda y gracias por valorar el post.
El post tiene: 23 vistas
¤════ § ⟬⋆⋆★⋆⋆⟭ § ════¤¤════ § ⟬⋆⋆★⋆⋆⟭ § ════¤