
¿Vas a declarar como P.F? ¿Tienes crédito Infonavit? Obtén tu constancia de intereses.
Como ciudadano mexicano, en la Constitución (art. 31-IV) se establece que tienes la obligación de aportar al gasto público, mediante el pago de tus impuestos.

Si eres persona física y eres trabajador, estará obligado a presentar declaración anual del impuesto sobre la renta, si caes en los siguientes supuestos:
- Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos al año (ingresos gravables).
- Si obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.
Si obtuviste ingresos por concepto de honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc, además de tus salarios como trabajador. - De empleadores no obligados a hacer retenciones como es el caso organismos internacionales,
- O bien, si comunicaste por escrito a tu patrón que presentarás la declaración anual por tu cuenta.
- Si dejaste de prestar servicios a tu patrón, antes del 31 de diciembre del 2024.
La ley del impuesto sobre la renta #LISR, te da la oportunidad de descontar de tus ingresos, algunos gastos que son necesarios para desarrollar tu actividad o ciertos conceptos adicionales considerados como gastos pérsonales y que fueron incluidos como un beneficio para el contribuyente, que se conocen como «deducciones personales».
Algunas de estas deducciones personales son:
- Pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios (incluye los de tu cónyuge o concubina(o), padres e hijos)
- Gastos hospitalarios y de rehabilitación por incapacidades
- Gastos funerales
- Algunos donativos a instituciones autorizadas
- Intereses por créditos hipotecarios (incluye los del #Infonavit)
- Aportaciones voluntarias a tu subcuenta de retiro AFORE o de planes personales de retiro
- Primas por seguros de gastos médicos (que incluyen los de tu cónyuge, concubina(o), padres e hijos
- Transporte y colegiaturas escolares (hasta bachillerato)
- El monto total de las deducciones personales (excepto donativos y estímulos fiscales) no puede exceder de cinco salarios mínimos generales anuales o de 15% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
- Fuente: #SAT.
Como lo señala la autoridad fiscal, puedes deducir de infonavit, los intereses reales devengados y efectivamente pagados durante 2024 por el créditos hipotecarios destinados a tu casa habitación y siempre que el crédito otorgado no exceda de 750,000 UDIS. El #infonavit ya te proporciona una constancia anual en la que señala ese dato, es decir, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año, y en donde aparece separado, el monto pagado de los intereses reales.
¿Cómo lo obtienes esa constancia del infonavit?
Abre tu cuenta en el portal de trabajadores «mi cuenta infonavit» >- click ahí.
Aqui un video tutorial para esa descarga:
Gracias por compartir.
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