Para poder contestar esta pregunta, debemos remitirnos al ACUERDO ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del #IMSS, mediante el cual se aprobaron los lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social #LSS, que a la letra dice:

Por lo tanto, para este mes de mayo 2025, el lunes 19 de mayo, es el último día para presentar estas informativas del 1er cuatrimestre, de contratos celebrados o si no celebramos, enviar una informativa sin información (como debe de ser).

En este blog, encuentras diversos posts relacionados con este tema. Cosa de hacer busqueda en el campo que ves en la columna lateral derecha: «Busca y encuentra». Como por ejemplo:

https://ppsotoasesor.com/2021/09/18/video-tutorial-imss-sobre-el-icsoe

Ten cuidado con el infamevit, porque aunque no hayas celebrado contratos, debes presentar información de los trabajadores que sigan activos de los contratos anteriormente informados, lo que es inaudito, absurdo y arbitrario porque la ley NO lo señala. Pero como nadie se queja, no les queda a ustedes que aguantarse y presentar su #SISUB, con los datos de la nóminas de ene. febrero, marzo y abril del año en curso de todos sus contratos vigentes -inaudito-.

No olviden que tienen otras obligaciones que cumplir en este dia:

Quedo al pendiente de sus comentarios y gracias por compartir.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .