Bueno, pues el sistema de nóminas que uso, me avisa que debo tener precaución. Pero ¿con qué?

Veamos:

El tener el RFC actualizado, es responsabilidad de cada trabajador, como persona fisica. Que nunca lo hagan, se entiende, cosa que el #SAT, no entiende.

Me da mucha tristeza, que este SAT actual no tenga sensibilidad. Tal parece, que los funcionarios que están en este momento, nunca han trabajado para un patrón, ni se han detenido a pensar en la problemática para ambos -patrón y trabajador-, encierra el tener al día este dato.

La mayoría de los trabajadores, ya cuentan con su RFC. Más, desde la reforma fiscal de 2014, porque los patrones timbran la nomina desde entonces.

Resulta evidente que la mayoría de los trabajadores, no tramitaron su RFC de manera personal, sino a través de su patron, tal y como lo indica la #LISR, art. 99 – V. Por lo que el #SAT debería poner a disposición del patrón, un medio electrónico eficaz, para que cuando contrate al trabajador, actualice el código postal del trabajador y el #SAT se de por enterado mediante ese aviso electrónico, puesto que al estar amarrado el RFC con la Curp, el dato del nombre del trabajador, ya se tiene en su base de datos del #SAT.

Ojalá el #SAT recapacite y mediante mecanismos alternos, ayude a todos a cumplir con lo que quieren saber.

#SAT facilitanos las cosas.



Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .