CFDI 3.1.2Nuestros amigos del #SAT, se dan a la tarea de mortific… digo, informarnos sobre los nuevos aspectos en el timbrado de nóminas, que cualquier persona (física o moral) que tenga a su vez personas físicas que les presten un servicio personal subordinado (lo disfracen o no de honorarios o asimilados), tengan en consideración.

En la página del #SAT, aparece esta información:

A partir del 31 de agosto del 2018, se actualiza la guía de llenado. No modifica el estándar técnico; únicamente se limita a brindar orientación fiscal sobre el llenado del CFDI:
Los principales cambios son:
  • Se define el RFC del receptor a utilizar cuando se expide a trabajadores fallecidos.

  • Se precisa que el campo “RfcPatronOrigen” (emisor), se utiliza para los contribuyentes que cumplen obligaciones por cuenta de sus integrantes.

  • Se indica la clave CURP (receptor) que se registra en caso de trabajadores residentes en el extranjero.

  • Se agregan notas para precisar información en algunos campos del comprobante y del complemento.

  • Se adicionan preguntas de orientación. 

  • Se adicionan dos apéndices que describen el procedimiento de registro del subsidio al empleo causado, cuando no se entrega en efectivo y para incluir la Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de nómina.

  • Se adicionan 3 claves al catálogo de Percepciones, 5 claves al catálogo de Deducciones y 1 clave para el catálogo de Régimen

Viendo los catálogos, estos son las adiciones:

CFDI 3.3-1.2

Y me pregunto ¿existe el régimen de indemnización o separación? Habrá que preguntarle a Beto (beto-a-saber). Parece que los amigos del #SAT no supieron en dónde identificar que ese timbrado se refiera precisamente a un finiquito del trabajador. En fin.

Detalles a cuidar cuando emitamos nuestros CFDIs de nóminas:

  • El importe Total debe coincidir con los atributos de Totales y éstos a su vez con el detalle de percepciones y deducciones.
  • Método de pago: “PUE” (regla 2.7.1.32-I).
  • Registrar el RFC genérico, si el trabajador falleció. Su Curp normal.
  • Confirmar que el campo  TotalPercepciones coincida con la suma de TotalSueldos más  TotalSeparacionIndemnización más TotalJubilcaciónPensiónRetiro. Así como lo de deducciones. Que lkas sumas de exentos no rebase el total de percepciones.
  • Campo RFCPatronOrigen, lo usan aquéllos que pagan fondos de jubilación o pensión, por ejemplo.
  • Trabajadores extranjeros sin Curp, usarán: XEXX010101HNEXXXA4 (Hombre)
    y XEXX010101MNEXXXA8 (Mujer).
  • El porcentaje de tiempo del trabajador en lo relativo a la subcontratación, se usa con tres decimales: 50% = 50.000.
  • No cambiar los nombres de los conceptos del catalogo.
  • Si trabajador solo tuvo ingresos exentos, no debe haber importe > 0 en Isr retenido (clave 002).
  • En casos de asimilados, no usar conceptos de pago de prestaciones a trabajadores. Solo usar clave 046 ingresos asimilados a salarios gravados.
  • Procuren no usar anticipos de salario. Caso contrario, deberán emitir un comprobante de nómina de
    tipo extraordinario, en el cual se registre el importe del anticipo con la clave 038 ” Otros ingresos por salarios”, en el momento en el que se otorgan al trabajador. Los descuentos que posteriormente se realicen vía nómina al trabajador se registrarán con la clave 012 anticipos.
  • Préstamos que no son anticipos son informativos. No son salarios. Usa la clave 999 pagos distintos. Los descuentos los registras con la clave deducción 004 otros.
  • Eviten en lo posible dar viáticos.
  • Vean el apéndice 5, para el tratamiento del subsidio al empleo.

Ojo cuando tengas que cancelar un #CFDI de nómina, porque a decir del #SAT, este es procedimiento:

1.- Primero se debe cancelar el CFDI que se va a sustituir, y
2.- Se debe emitir el nuevo CFDI en el cual se debe registrar en CFDI previos) y en el campo UUID del Nodo CFDIRelacionado se debe registrar el folio fiscal del comprobante que se va a sustituir.

 


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .