sireso #infonavit

Ese próximo 31 de octubre, se vence el plazo para que las empresas que manejan «outsourcing», presenten la información que el nuevo art. 29 bis de la Ley del #Infonavit señala.

Recordemos ese nuevo 29-bis, Ley del #Infonavit, que en resumen establece lo siguiente:

Cuando en la contratación de trabajadores participe un intermediario laboral o contratista, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador respecto de las obligaciones contenidas en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Serán considerados patrones y no intermediarios las empresas contratistas que presten servicios con sus trabajadores a otras. Cuando un patrón ponga a disposición trabajadores, el beneficiario de los trabajos o servicios asumirá las obligaciones establecidas en la Ley de referencia.

Las empresas contratantes y contratistas deberán comunicar trimestralmente a la delegación de recaudación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado lo siguiente:

  1. El nombre, denominación o razón social; clase de persona moral; objeto social; domicilio social, fiscal; RFC y NRP, entre otros.
  2. Objeto del contrato, vigencia del mismo, perfiles, puestos o categorías indicando si es personal operativo, administrativo o profesional, la justificación del trabajo especializado y el número de trabajadores que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.

Si estás obligado a presentar la información debes tomar en cuenta los siguientes puntos:

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  • Si eres patrón o sujeto obligado, verifica tu acceso al portal empresarial porque por ese medio ingresarás a la aplicación.
  • Si eres beneficiario y tienes algún número de registro patronal, regístrate para que tengas tu acceso al Portal Empresarial, lo necesitarás para enviar tu información.
  • Si eres beneficiario y no tienes número de registro patronal, podrás enviar tu información por medio del portal institucional.

Para ingresar al sistema SIRESO da click aquí
La obligación se dará por cumplida al presentar tu información a través del SIRESO (Art. 29 Bis)

Te recordamos que la información que se proporcione será la correspondiente al tercer trimestre del presente año (julio-septiembre), y se presentará en el mes de octubre de 2015. La presente Ley entró en vigor el 4 de junio de 2015 (art. 29 Bis Infonavit).

Fuente: Página web del #Infonavit

 

Lic. PpSoto, integrante de «Asesores Mexicanos»

(MPH)


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .