guias de llenadoComo ciudadano mexicano, tienes la obligación de contribuir al gasto público, mediante el pago de los impuestos que decrete el gobierno federal, a través de todas las disposiciones que son controladas y administradas por el #SAT (Servicio de Administración Tributaria).

¿Y cómo cumplimos con esta disposición emanada de nuestra Constitución?

CPEUM. Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Mi estimado amigo #emprendedor. Es importante que conozcas esta información relativa a los impuestos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

Su misión:  Recaudar los recursos tributarios y aduaneros que la Ley prevé, dotando al contribuyente de las herramientas necesarias que faciliten el cumplimiento voluntario.
Su visión: Ser una institución moderna que promueva el cumplimiento voluntario de los contribuyentes a través de procesos simples. Fuente. SAT.

  1. Para poder mantener una comunicación eficaz, usando la vía de la tecnología, el #SAT creó un sistema de intercambio de información con nosotros como contribuyentes, para enviarnos boletines, avisos y notificaciones.

#BuzonTributario

2. ¿Cómo accedes a tu buzón tributario?
a. Ingresa a la página del SAT www.sat.gob.mx,
b. Da clic en la opción Trámites,
c. Seleccionar la opción Buzón Tributario que se muestra en el menú izquierdo.
Para ingresar al buzón, necesitas tener tu #RFC y contraseña o E-firma. Ahí mismo lo activas.

3. ¿Cuándo se creó el buzón tributario?
El 8 de septiembre de 2013, el Titular del Ejecutivo Federal presentó la iniciativa de la Reforma Hacendaria en el cual se propuso la creación de una nueva figura denominada “Buzón Tributario”, el cual se reguló en el Código Fiscal de la Federación (#CFF).

4. ¿Es obligatorio usar el #BuzónTributario?
Sí. Todas las personas físicas, morales o asalariadas deben utilizarlo.

#BuzonTributario

Gracias por compartir.

.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .