El crédito de vivienda que solicitaste al #Infonavit, lo debes ir pagando dentro de la nómina, asi que si cambias de empleo, debes preocuparte por tramitar el nuevo aviso de retención, para que se lo entregues a ese nuevo patrón.
Bueno, de una manera indebida, el instituto le traspasa al trabajador esa responsabilidad, siendo que el art. 44 del reglamento de pagos y amortizaciones, señala que es el Infonavit quien debe notificar al patrón que alguno de sus trabajadores cuenta con el crédito de vivienda y hay que descontárselo de la nómina.
ARTÍCULO 44. Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador, a través del aviso para retención de descuentos, en donde se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación. De igual manera actuará el Instituto respecto de los trabajadores ya acreditados cuando éstos adquieran una nueva relación laboral.
REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN, PAGO DE APORTACIONES Y ENTERO DE DESCUENTOS AL INFONAVIT
¿Qué opciones tiene el trabajador para tramitar el aviso de retención?
- En linea, a través del portal «micuentainfonavit«, en donde se te pedirá tu #NSS, tu # de crédito, tu #RFC, un teléfono y un correo, para que una vez que das click en «generar solicitud», se te envíe el pdf a tu correo para que lo imprimas y entregues a tu nuevo patrón.
- Presencial, en la delegación estatal que corresponda a tu domicilio. Debes llevar tu recibo de nómina y tu identificación oficial.
¿Qué opciones de crédito requiere del aviso de retención?
El crédito tradicional, el segundo crédito, mejoravit o cofinavit.
Recuerda amigo trabajador, que aunque ganes algunas semanas por no tramitar este aviso de retención, aparecerás enlistado en la emision bimestral y tu patrón comenzará a descontarte a partir del siguiente bimestre. O sea, no te salvas del descuento.
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