«Ley Silla» inicia su vigencia YA, pero…
¿Sabías que según el Artículo 132, fracción V de la Ley Federal del Trabajo #LFT, tu patrón está obligado a proporcionarte suficientes sillas con respaldo si trabajas principalmente en empresas de servicios, comercio o áreas similares? Estas sillas deben estar disponibles tanto para realizar tus actividades como para tus descansos, y deben ubicarse en áreas designadas dentro del lugar de trabajo.
Esto también aplica en la industria, siempre que la naturaleza del trabajo lo permita.
Además, la #LFTindica que estos asientos deben estar disponibles tanto para la ejecución de las funciones diarias como para los descansos periódicos durante la jornada laboral. Es decir, no basta con que haya una silla ocasionalmente: debe haber una cantidad suficiente y estar siempre accesibles para el personal. Para los descansos, las sillas deben colocarse en áreas específicas dentro del lugar de trabajo, lo que ayuda a crear espacios de recuperación y bienestar. Esto no solo busca comodidad, sino también prevenir problemas de salud relacionados con largas jornadas de pie o en posturas incómodas.
En el caso de los establecimientos industriales, la obligación también aplica siempre que la naturaleza del trabajo lo permita. Esto significa que, si el tipo de actividad lo hace viable, los empleados también deben contar con asientos adecuados. Esta medida es especialmente relevante en industrias donde las pausas y el descanso físico pueden impactar favorablemente en la salud y seguridad de los trabajadores.
¿Cómo cumplir con esta nueva obligación?
En todas las empresas debe existir una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (#CMSH), que está pensada justo para eso: evaluar, proponer y dar seguimiento a las medidas que mejoren la seguridad y salud en el trabajo, involucrando tanto a representantes del patrón como de los trabajadores.
La #CMSH puede analizar las necesidades del centro de trabajo, identificar el tipo de sillas ideales según las funciones y riesgos, y proponer la mejor opción al patrón. Así, se asegura que la medida sea integral, adecuada para todos y que cumpla con la nueva normatividad.
Pasos y criterios que la #CMSH puede seguir para analizar y elegir las sillas o sillones adecuados:
- Diagnóstico del área de trabajo
Revisar los puestos y actividades para saber cuántas sillas se necesitan y en qué lugares. - Evaluación ergonómica
Analizar las posturas, tiempos de uso y necesidades específicas de los trabajadores para evitar molestias o lesiones. - Selección de características
Buscar sillas con respaldo, altura ajustable, materiales resistentes y que sean fáciles de limpiar, según el entorno. - Consulta con los trabajadores
Pedir opiniones o sugerencias, ya que ellos saben mejor qué les resulta cómodo y funcional. - Elaborar un informe
Presentar al patrón una propuesta detallada con opciones y justificación, para que la compra sea informada y efectiva.
Además, esto ayuda al patrón a acreditar que está cumpliendo con la ley y evita sanciones, ya que la #CMSH documenta y respalda las acciones tomadas . ¡Es un ganar-ganar!
Recuerda que este derecho no es negociable; es una obligación legal para los patrones. sin embargo, hay que recordar que segun lo dispone el articulo tercero transitorio de la reforma, «Las empresas contarán con un plazo de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para adecuar su normativa interna», o sea 6 meses más, contados a partir de junio 17, 2025.
Sigo al pendiente de estos asuntos laborales, para seguirles informando. Gracias por leer y compartir.
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