Increible joya de funcionarias #Infonavit, y su nefasta reforma
#Canacintra invitó al #Infonavit a principios del mes de junio 2025, a comentar acerca de la famosa y nefasta reforma a la ley de la materia, relacionada con el articulo 29, que habla de las obligaciones de los patrones, especificamente en el párrafo donde dice que
«cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos a que se refiere la fracción III (los créditos de vivienda) no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social».
Tienes que escuchar la intervención de estas personas representantes del #infonavit:
¿Qué estoy recomendando?
- NO puedes (ni debes) condicionar la contratación de trabajadores, a que si cuentan con crédito del #Infonavit, entonces no contratarlos. Ni se te ocurra.
- Esperar a ver cómo viene el parche del #SUA, para hacer pruebas. Tengo una idea de cómo va a venir, pero tengo esperanzas (muy míseras) de que se den cuenta que es sumamente difícil separar las incapacidades de las cuotas de seguro social, de las amortizaciones del #Infonavit. Ojalá lean la #LSS en su articulo 31.
- Tengo fe, en que se den cuenta de que podemos seguir trabajando IGUAL, es decir, aplicando las incapacidades (los ausentismos no me preocupan), y pagar UNICAMENTE lo que alcanzamos a descontar. Porque además de ser legal bajo la óptica del art. 31 #LSS, es LÓGICO y elemental.
- Orar.
Estoy pendiente de tus comentarios, aqui y en el resto de mis RRSS.
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