
Adición especial a reglas de créditos #Infonavit de trabajadores de plataformas
Apareció en el #DOF del 4 de septiembre 2025 la siguiente regla:

En la Regla SEGUNDA, se adiciona la fracción XII que define a la Persona Trabajadora Acreditada, aquella que hubiera recibido algún crédito del Instituto por la existencia de relación laboral distinta al trabajo de una plataforma digital.
Por cuanto a la nueva regla DÉCIMA, sirve para determinar que los trabajadores acreditados deberán continuar cumpliendo con sus obligaciones de pago ante el Instituto en los en los que lo venían haciendo previo a la entrada en vigor de la prueba piloto, o sea, dentro del régimen especial de amortización o pago directo mensual al instituto.
Indica esta regla que cuando el crédito del Instituto al trabajador se hubiera generado durante la vigencia de la presente Regla por una relación laboral distinta al trabajo en plataformas digitales, deberá considerarse como patrón responsable del descuento al salario para la amortización del crédito, a aquel distinto al patrón en plataformas digitales con el que el trabajador sostenga o hubiera sostenido la relación laboral considerada por este Instituto para el otorgamiento del crédito de que se trate.
Leo tus comentarios en el cajoncito al pie de página. Excelente día.
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