
FAQ: 17 noviembre, Día de Descanso Obligatorio (2025)
¡Hola a todos! Es 17 de noviembre y, como cada año, surgen muchas dudas sobre este día de descanso obligatorio.
En conmemoración de la Revolución Mexicana, la ley establece este «puente» oficial, y es importante saber qué implica para trabajadores y patrones.
Como hemos platicado antes en nuestros artículos sobre «Días de Descanso Obligatorio» y «Cómo se pagan los días festivos», aquí les resumo las preguntas más frecuentes sobre esta fecha específica.
1. ¿Por qué descansamos el 17 de noviembre si la Revolución fue el 20?
La Ley Federal del Trabajo (LFT), en su Artículo 74, establece los días de descanso obligatorio. Para conmemorar el 20 de noviembre (Aniversario de la Revolución Mexicana), la ley específicamente marca que el día de descanso será el tercer lunes de noviembre.
En este 2025, el tercer lunes es precisamente el 17 de noviembre. Por lo tanto, este es el día de asueto oficial y obligatorio por ley.
2. ¿Entonces el 17 de noviembre, es un día festivo oficial?
Sí, absolutamente. El 17 de noviembre de 2025 es un día de descanso obligatorio con goce de sueldo para todos los trabajadores formales en México, según lo estipulado en el Artículo 74 de la LFT.
3. ¿Qué pasa si me piden trabajar ese día?
Dado que es un día de descanso obligatorio, el patrón debe llegar a un acuerdo con los trabajadores para determinar quiénes deben laborar. Si te toca trabajar mañana, tienes derecho a un pago especial.
4. Si trabajo el 17 de noviembre, ¿me lo pagan doble o triple?
Esta es la duda más común, y la respuesta se basa en el Artículo 75 de la LFT, como ya hemos visto antes en el blog. Voy a recordarlo para ti:
- Se te debe pagar tu salario diario normal (que ya viene incluido en tu quincena o semana).
- Adicionalmente, se te debe pagar un salario doble por el servicio prestado.
En resumen: Recibes tu salario normal MÁS un pago doble. Coloquialmente, esto se conoce como «pago triple».
5. ¿El día jueves 20 de noviembre también se descansa o se paga extra?
No. El 20 de noviembre de 2025 (jueves) ya se considera un día laboral ordinario. El descanso oficial por esa fecha ya se disfrutó el lunes 17. Por lo tanto, el jueves 20 se trabaja de manera normal y con pago ordinario.
6. ¿Me pueden «cambiar» el día de descanso o tomarlo a cuenta de vacaciones?
No. Los días de descanso obligatorio son derechos irrenunciables y no forman parte del periodo vacacional. Si descansas el lunes, es con goce de salario; y si lo trabajas, debe ser pagado como dice el FAQ 4, además de que tampoco se debe considerar «a cuenta» de tus vacaciones ya que estas se otorgan en días laborables.
Espero que esta información les sea de utilidad para disfrutar este descanso o, en caso de laborar, asegurarse de recibir la remuneración que marca la ley.
¡Excelente día!
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