Tratamiento de las incapacidades que se traslapan…
Que tal.
Pues bien. Los analistas de nominas, se encuentran en muchas ocasiones con casos en que los trabajadores les entregan incapacidades que se enciman, es decir, que la ultima incapacidad empieza antes de que termine la anterior.
Ejemplo:
Bien, en este caso, es indistinto el ajuste en cualquiera de las incapacidades, la pre o la post.
En este ejemplo preferi ajustar la primera incapacidad, de manera que la segunda termine precisamente en la fecha que le corresponde. Por esta razon elegi hacer el ajuste en la primera incapacidad.
Pero puede darse el caso de tener que capturar incapacidades cuando ya se hizo el pago en el pata-sua y es ahi que el ajuste se tenga que realizar a la segunda incapacidad. Veamos entonces el ejemplo:
No olvide que en el pata-sua se capturara la incapacidad por maternidad:
— Prenatal, si se trata de una incapacidad otorgada por los 42 dias previos a la fecha probable de parto.
— Enlace, si se trata de una incapacidad intermedia entre la prenatal y la posnatal, es decir, si la fecha del parto se da con posterioridad a la fecha de terminacion de la primera.
— Postnatal, cuando se trata de la incapacidad otorgada por 42 dias posteriores a la fecha de parto.
En el pata-sua, cuando capturemos las incapacidades, hay que tener en cuenta de que las incapacidades deben estar dentro del mes en que la trabajadora esta vigente y que las incapacidades no pueden traslaparse unas con otras.
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