A raiz de la fatídica explosión que ocurrió a Pemex en abril pasado, en la zona de la planta petroquímica de Pajaritos, se publicó en el DOF, un decreto en el cual se establecen diversos beneficios fiscales a los patrones que directa o indirectamente fueron afectados por esta conflagración.Por lo anterior, mis amigos de “Fiscalito” nos regalan el siguiente resumen, a fin de estar enterados de esos beneficios fiscales. Los invito a leer el post completo haciendo click en este enlace.
A quienes efectúen pagos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, excepto los asimilados a salarios, podrán enterar las retenciones del ISR de sus trabajadores, correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2016, en 2 parcialidades iguales.
Tratándose de las obligaciones a cargo de los patrones y demás sujetos obligados,previstas en la Ley del Seguro Social, se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de abril, mayo y junio de 2016, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de julio de 2016.