Tips seguridad social
¿Y si me quedo desempleado? ¿Y mi servicio médico…?
La Ley del Seguro Social #LSS, en su articulo 109, contempla que, por lo que respecta al seguro de enfermedades y maternidad, tanto el trabajador que llegara a quedar desempleado, como su familia (sus beneficiarios legales), tendran derecho a continuar recibiendo la atencion medica, de maternidad, quirurgica, farmaceutica y hospitalaria Read more…