#Nominista con obligaciones Imss/Info por cumplir
Segun lo marcan los artículos 15 A y 29 de la Ley del Seguro Social #LSS y 29 bis de la Ley infonavit #Linfo, las obligaciones cuya fecha límite es el 17 de enero, son:
¿Cómo debemos presentar las informativas?
La información de los contratos celebrados en el cuatrimestre septiembre a diciembre, se presentan:
- Para efectos #IMSS, en el portal #ICSOE.
- Para efectos #Infonavit, en el portal SISUB del portal empresarial.
¿Si no tengo nuevos contratos, debo presentar información?
Estrictamente y con apego a las leyes arriba mencionadas, *NO*. Sin embargo, tanto #IMSS como #Infonavit, de una manera inexplicable, quieren que informemos que no tuvimos contratos nuevos en este cuatrimestre recién terminado.
¿Y como informamos que no tuvimos contratos nuevos?
Al #IMSS, en el portal del icsoe, mediante la opción «informativa sin datos»
Y otra obligación en materia de la industria de la construcción, es que a través del escritorio virtual –> #SIROC, presentas el avance financiero acumulado de tu obra (suma del bimestre presentado el quinto bimestre + lo del sexto).
¡Oiga! En el primer párrafo dijo usted que 17 y hoy es 20 de enero ¿por que se equivoca de esta manera?
No es equivocación. Mira lo que dice el reglamento de la LSS (Racerf):
RACERF. Articulo 3: […] Cuando el último día de los plazos señalados en este Reglamento para el cumplimiento de obligaciones, sea día inhábil o viernes se prorrogará el plazo hasta el día hábil siguiente. No se prorrogará el plazo para la presentación de avisos afiliatorios.
Sabes que estoy a tu disposición, en mis diversas redes sociales –> http://bit.ly/redppsoto.
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