Plan piloto #IMSS de ¿trabajadores? de plataformas
Pues, para este servidor que escribe para sus 4 lectores (saludos maestro Catón): los prestadores de servicios de reparto o choferes de plataformas digitales, para nada son «trabajadores», según la definición de la #LFT.
Que esas plataformas se dejaron, es su problema. Ahora, tienen que ver con sus «asesores«, cómo van a resolver este galimatías que representa incluir a esas personas que por su propio deseo, se inscriben en esas plataformas digitales.
El día 24 de junio 2025, aparece publicado en el #DOF, lo siguiente:
250250624_ImssPilotoPlataformasOBJETO.
Las presentes Reglas de carácter general tienen por objeto garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las fracciones V y VI del artículo 291-K de la Ley Federal del Trabajo, mediante la aplicación de la Prueba piloto para la incorporación de este segmento de la población al Régimen Obligatorio del Seguro Social a que se refiere el artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Plataformas Digitales”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024.
Quiero ver que el #IMSS prepare la emisión mensual de cuotas los dias 10 (regla 6.4). ¡Bah! Mis cinco seguidores ya saben que la emisión NO obliga, así que los amigos #noministas de plataformas digitales pueden trabajar con sus datos y plasmándolos en su #SUA, a fin de pagar las cuotas los días 17 de cada mes.
Por cierto: ¿Ya tomaste mis cursos de #nóminas y del #SUA? Eres capaz de trabajar en cualquier plataforma digital. En fechas próximas haré ejemplos prácticos. Hoy el post solo es para informarles de la publicación de estas #imss-reglas.
Pendientes mis 4 lectores estrella ✨✨✨✨.
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