#Infonavit Plan Piloto para ¿trabajadores? de plataformas
Y bueno ¿por qué pongo entre interrogación a los «trabajadores» de plataformas? Porque en mi muy particular punto de vista: No cumplen con la condición que señalan los articulos 8, 10, 20 y 291-A de la #LFT (este último menciona: «mando y supervisión»). Sin embargo, puedo equivocarme y por eso leo sus opiniones.
Bueno, al amparo de la reforma a la #LFT sobre este tipo de peculiar vinculo laboral inventado por el poder legislativo de marras, ver de los articulo 291-A AL 291-U, es que aparece publicado en el #DOF, un acuerdo con la finalidad de regular la participación del #Infonavit en la prueba piloto que prevén los artículos 2o y 3o transitorios del «Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la LFT, en materia de Plataformas Digitales» publicado el 24 de diciembre de 2024:
Atentos entonces, amigos #noministas que laboren para estas plataformas digitales que supuestamente emplean choferes y repartidores.
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