Mis amigos #noministas deben estar al tanto de ciertas fechas que se deben cumplir.

La que les voy a comentar en este post, se refiere a una aspecto administrativo de seguridad social que señala la #LSS Ley del Seguro Social (que por cierto, alguna revista que comparten y en varias otras publicaciones, dicen que se trata de la ley del Imss <– Craso error, porque esa ley del imss no existe, pero, en fin):

Ley del Seguro Social

Recuerden amigos #noministas, que siempre les he recomendado, que esta obligación la hagan desde el día 1 de cada mes non al que termina su bimestre anterior, para que el envío de los avisos de modificación de salario, se haga a primera hora de ese primer día hábil de cada mes non.

Para este 2025, sugiero que presenten estos avisos hoy martes 4 de noviembre. Recuerden este post –> aqui <–

¡¡Buen día…!! Y gracias por valorar el post.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .