En diciembre de 2021, se reformó la Ley del Seguro Social #LSS, en lo relativo al número de semanas cotizadas que se requieren para poder pensionarse. Los requisitos en general son:

  • Tener entre 60 y 64 años para Pensión por Cesantía, o 65 años para Pensión por Vejez.
  • Un mínimo de 1,000 semanas semanas cotizadas.
  • Para pensión de cesantía, estar privado de trabajo remunerado (baja).
  • Tener actualizado su Expediente de Identificación de Trabajador en su Afore.

En lo relativo a las semanas cotizadas, la reforma previene que:

LSS. Articulo transitorio. Cuarto. En la fecha en que entre en vigor el presente Decreto las semanas de cotización que se requieren para obtener los beneficios señalados en los artículos 154 y 162 de la Ley, así como para el cálculo de la pensión garantizada prevista en el artículo 170 serán setecientas cincuenta, y se incrementarán anualmente veinticinco semanas hasta alcanzar en el año 2031, las establecidas en dichos preceptos. Fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2021.

Por lo que para 2026, deberás contar con: 875 semanas cotizadas.

Cuáles son las modalidades de pension IMSS

  1. La Renta Vitalicia,
  2. El Retiro Programado y
  3. La Pensión Mínima Garantizada.
    • Estas son las modalidades de pensión bajo la Ley 97 del seguro social. La Renta Vitalicia es un pago de por vida de una aseguradora, el Retiro Programado es una pensión que dura hasta agotar los recursos de la cuenta de la Afore, y la Pensión Mínima Garantizada es un apoyo del Estado para quienes no tienen saldo suficiente para las otras modalidades pero sí las semanas de cotización y edad requeridas.

Algunas personas aún pueden cumplir con los requisitos de la ley anterior, coloquialmente conocida como la ley ’73 (haber cotizado antes del 1 de julio de 1997) y la diferencia estriba en que las semanas cotizadas que se les piden, son 500 para cualquier pensión de retiro (cesantía o vejez).

Recuerda que aqui en el blog atendemos tus dudas en relación con tu pensión de retiro con cualquiera de las dos leyes del seguro social: Ley 73 o Ley 97. Clickea en el botón de whatsapp en la esquina inferior derecha ¡YA!

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .