Con fecha 17 de diciembre de 2025, aparece publicado en el #DOF diario oficial, un decreto que modifica y actualiza un decreto anterior que otorga beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo publicado el 24 de julio de 2007.

Veamos los nuevos beneficios y como de costumbre, se los comento:

Comentarios:

  1. La vigencia de la prórroga del decreto original solo es por un año más. Comprende 2026 únicamente. Lo renuevan, dependiendo de las condiciones políticas, obviamente.
  2. Los trabajadores del campo deben estar registrados en el #IMSS, con un #SBC mayor a 3.6 veces la uma en 2026. Para la zona fronteriza norte, será de 4.50 el salario minimo de cotización integrado.
  3. Los patrones debieron haber solicitado a su subdelegación, ser incluidos en el programa. Muy probable que les exijan estar inscritos en el buzón imss.
  4. Se considera trabajador eventual del campo, aquél que labore durante el año un numero MENOR a 27 semanas. Se consideran las actividades agrícolas, hortícolas, ganaderas, forestales, acuícolas, avícolas, apícolas y análogas del sector primario.
  5. La rama de RCV, NO se incluye en el decreto. El resto de las ramas que se pagan por mes sí entran en este decreto.
  6. No debemos olvidar que la #UMA se modifica el 01/02/2026. Habrá que sustituir su valor en el ejemplo que a continuación les presento:

Quedo al pendiente de sus comentarios y gracias por valorar el post y compartir.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .