
Eres REPSE y tu cliente te pide tus contratos de tus propios trabajadores ¿what?
Mis estimados ppsoto-lectores: Navegando por los grupos de guasap de «Familia Sensus» me encontré con una situación bastante peculiar. Miren ustedes.
O sea que ¿el cliente de nuestra amiga les pide los contratos de trabajo de ella con sus trabajadores como su proveedora?
¿De dónde o porqué?
El cliente te solicita los contratos laborales de tus trabajadores por motivo del #Repse. Muchos los entregan por miedo a perder el contrato de negocios, pero hay una linea legal clara entre lo que la ley exige y lo que protege la ley de datos personales. Confundirlas puede generarte una contingencia laboral o de privacidad en este marzo de 2026.
Puntos Clave a Considerar:
– Lo que como prestador de servicios especializado o ejecutor de obras especialziadas (con tus propios trabajadores), si estas obligado a entregar: Para que tu cliente deduzca isr y acredite iva, debes dar copias de cfdi de nomina, pagos de retenciones isr, cuotas imss e infonavit, declaracion de iva y tu constancia #Repse vigente. Esto es lo que marca el art. 27 de la lisr y el art. 5 de la liva.
– Lo que no es exigible (y no lo pongas en el contrato de negocios): Los contratos individuales de trabajo no estan en el catalogo legal del Repse. Contienen datos personales sensibles y compartirlos sin consentimiento del trabajador puede violar inlcuso la Lfpdppp (ley de datos personal en posesion de terceros). La #LFT pide comprobantes de pago, no el instrumento privado de la relación laboral.
– Alcance de la responsabilidad solidaria: el art. 14 de la #LFT dice que el contratante responde si tu incumples, pero esa seguridad se cubre con los comprobantes de pago de imss e infonavit, no necesariamente viendo el contrato fisico del empleado.
– Politica interna vs obligacion legal: Muchas empresas los piden por sus propios manuales de cumplimiento, no porque la ley los obligue. Puedes negarte por mera protección de los datos de tu gente y ofreciendo a cambio lo que ya les entregas de Imss/Infonavit = Opinión positiva de cumplimiento, que demuestra que estás al corriente.
– La respuesta correcta: Entrega puntualmente lo fiscal (cfdi, pagos imss) y explica por escrito que los contratos son privados, ofreciendo en su lugar una declaracion bajo protesta de que todos tienen contrato y alta en el imss, que por eso les entregas cada mes la opinión de cumplimiento que demuestra que estás al corriente (¿qué pasó Lic, lo mencionas otra vez? -A ver si así entiende el cliente).
Mi conclusión:
Cumplir con el #repse no es abrirle las puertas al cliente de toda tu informacion privada. La #LFT define que compartir y la ley de datso personales: qué proteger.
En ppsotoasesor.com te ayudo a blindar tu expediente de cumplimiento sin exponer los datos de tu empresa o de tus trabajadores este 2026. Haz click en el botón de guasap esquina inferior derecha.

Lic.PpSoto
Consultor y capacitador
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